LA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS DERIVADOS DE LA MUERTE Y/O INCAPACIDAD DE LA MUJER EN RELACIÓN A LAS TAREAS DOMÉSTICAS NO REMUNERADAS Y DE CUIDADO

  • María Eugenia Chapero Tribunales de la Provincia de Santa Fe, Argentina

Resumen

Tal inexistencia de ninguna obligación de conducta especial de cuidado doméstico de un cónyuge a favor del otro, en el ordenamiento jurídico, aparece claramente en armónica sintonía con el bloque de protección de los derechos humanos, toda vez que difícilmente podría atravesar airosa un test de convencionalidad y/o constitucionalidad una norma jurídica.

Biografía del autor/a

María Eugenia Chapero, Tribunales de la Provincia de Santa Fe, Argentina

Magíster en Derecho por la Pontificia Universidad Catolica Madre y Maestra de Republica Dominicana. Jueza de Cámara en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Reconquista Tribunales de la Provincia de Santa Fe, Argentina. 

Citas

Asamblea General de las Naciones Unidas. (18 de diciembre de 1979). Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer. Nueva York, Estados Unidos. Obtenido de https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cedaw.aspx
Asamblea Legislativa del Distrito Federal. (26 de mayo de 1928). Código Civil para el Distrito Federal. México.
Congreso de la Nación Argentina. (agosto de 2015). Ley 26.994. Código Civil y Comercial. Buenos Aires, Argentina: Boletin Oficial. Obtenido de http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/235000-239999/235975/norma.htm
PIZARRO, R., & VALLESPINOS, C. (2017). Tratado de Responsabilidad Civil - Tomo I. Santa Fe: Rubinzal Culzoni.
Publicado
2022-11-21